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Reglamentación de la eutanasia

A pesar de que el derecho a morir dignamente en Colombia fue reconocido por la Corte Constitucional en 1997 como un derecho fundamental, hoy la eutanasia no cuenta con una ley que reglamente su realización.

Generalidades


Número del proyecto:


Nombre Técnico: Por medio del cual se establecen disposiciones para reglamentar el derecho fundamental a morir dignamente, bajo la modalidad de muerte médicamente asistida por parte de mayores de edad.


Autores: Juan Carlos Lozada, Juan Fernando Reyes Kuri, Guillermo García Realpe, Jhon Jairo Roldan, Jezmi Lizeth Barraza, Jose Luis Correa Lopez, Rodrigo Rojas Lara, Angel María Gaitán, Andrés David Calle, Elizabeth Jay-Pang Díaz, Alejandro Vega, Alejandro Carlos Chacón, Horacio José Serpa, Alvaro Henry Monedero, Luciano Grisales Londoño, Hernan Gustavo Estupiñan, Andrés Cristo, Luis Fernando Velasco, del Partido Liberal; Mauricio Toro, Juanita Goebertus, Katherine Miranda, Catalina Ortiz, Juan Luis Castro, León Fredy Muñoz y Antonio Sanguino, del Partido Alianza Verde; Carlos Adrila Espinosa, Jorge Enrique Benedetti, Jaime Rodriguez Contreras y Mauricio Parodi Diaz, del Partido Cambio Radical; Jhon Arley Murillo, del Partido Colombia Renaciente; Faber Alberto Muñoz, Norma Hurtado Sanchez, Armando Benedetti Jorge Eliecer Tamayo, del Partido de la U; Carlos German Navas, Iván Cepeda, el Partido Polo Democrático; David Racero, de la Coalición Decentes; Jairo Cala, Luis Alberto Albán, Victoria Sandino Simanca, del Partido Comunes


Fecha de radicación: 20 julio de 2020

¿De que se trata?


Este proyecto de ley estatutaria tiene como fin establecer disposiciones generales para el acceso al derecho fundamental a morir dignamente bajo la modalidad de eutanasia.


A pesar de que el derecho a morir dignamente en Colombia fue reconocido por la Corte Constitucional en 1997 como un auténtico derecho fundamental y la misma, en aras de garantizar la dignidad humana y los derechos de quienes la solicitan, determinó los mínimos requeridos para su realización en Colombia, hoy el procedimiento relacionado con la muerte digna bajo la modalidad de la eutanasia no cuenta con una ley que reglamente su realización.


En ese sentido, han sido las resoluciones expedidas por el Ministerio de Salud y Protección Social las que regularon la eutanasia en mayores de edad y en niños, niñas o adolescentes. Estas, a pesar de ser un gran avance en su reglamentación, son insuficientes. La ausencia de una ley que regule la materia es uno de los principales problemas de quienes pretenden acceder a este derecho fundamental, y para los profesionales de la medicina que realizan este tipo de procedimientos por la falta de seguridad jurídica que esta situación genera.


¿Por qué es importante?


El derecho a morir dignamente es un derecho fundamental, íntimamente relacionado con la dignidad humana y con la autonomía individual, que le permite a la persona tener control y tomar todas las decisiones, libres e informadas, sobre el proceso de su muerte. Este derecho comprende todas las opciones al final de la vida; el cuidado integral del proceso de muerte, incluyendo el cuidado paliativo; la adecuación del esfuerzo terapéutico; y la muerte médicamente asistida o eutanasia, entre otros.


Esto ha sido reconocido así por los desarrollos científicos, académicos y, en términos similares, por el Ministerio de Salud en la Resoluciones 229 de 2020 y 971 de 2021.

La muerte médicamente asistida o eutanasia es uno de los elementos que componen el derecho a morir dignamente, es una opción clínica al final de la vida y se define como: un procedimiento médico por el cual un profesional de la salud induce la muerte de manera anticipada a una persona que así lo ha solicitado de manera libre, informada, inequívoca y reiterada por el sufrimiento intolerable que padece.


De otra parte, la expresión “Eutanasia”, tal y como lo menciona Fernando MarínOlalla (2018) en la Gaceta Sanitaria “Sociedad española de la salud pública y administración sanitaria”, es una palabra con origen etimológico rotundo: buena muerte o el buen morir; esto significa otorgar la muerte a una persona que así lo solicita para dejar de lado un sufrimiento insoportable que considera irreversible (Fernando Marín-Olalla, 2018).


La complejidad de esta palabra ha generado confusiones y se le han atribuido connotaciones equivocadas. El bueno morir es distinto en su concepción a la eugenesia y, en el mismo sentido, Eutanasia y homicidio son palabras incompatibles “ porque es imposible que una muerte sea, a la vez, voluntaria y contra la voluntad de una persona. Por esta razón, el concepto de eutanasia involuntaria es un oxímoron; si no es voluntaria, quizá sea un homicidio compasivo, pero no una eutanasia” (Fernando Marín-Olalla, 2018).


Aquí pueden ver el texto del proyecto:






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