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Período y elección de Fiscal General de la Nación

Actualizado: 27 ago 2020


Generalidades


Número del proyecto:


Nombre técnico: Por el cual se modifica el artículo 249 de la Constitución Política de Colombia, se establece que el periodo del fiscal general de la nación será institucional, su elección se realizará a través de terna elaborada a partir de convocatoria pública y se dictan otras disposiciones.


Los autores: Angélica Lozano, Juanita Goebertus, Jose Daniel López, entre otros.


Fecha de radicación: 20 de julio de 2020


¿De qué se trata el proyecto?


El proyecto es una reforma constitucional que busca establecer el período del Fiscal General de la Nación y criterios de selección orientados a los principios de mérito, la equidad de género, publicidad y transparencia.


¿Por qué es necesario proyecto?


Esta reforma cualifica la selección de la máxima cabeza de la entidad que persigue la sanción de los delitos en Colombia, sin desmedro de las facultades nominadoras que el Presidente de la República tiene en torno a su elección.


El Presidente podrá seleccionar la terna con base en el listado final de una convocatoria pública que reduce los aspirantes a aquellos que, a buen término, consigan los mejores resultados para tener la dignidad de Fiscal General de la Nación. De esta manera, la facultad del Presidente sigue siendo exclusiva y autónoma a la hora de construir la terna, pero no es absoluta, debido a los límites que la misma Constitución supone.


Además, se integra una prohibición expresa según la cual ningún miembro que haya integrado el gobierno nacional en el último año anterior a la conformación de la terna puede ser ternado para ser Fiscal General de la Nación. Con esta medida busca protegerse la autonomía e independencia del Fiscal General de la Nación respecto de las políticas del gobierno nacional.

Debe garantizarse que el fiscal elegido no se convierta en una cuota política del ejecutivo, pues esto torpedearía la ejecución transparente que la Constitución Política establece para la máxima autoridad que impulsa la acción penal del Estado.

También se lograría que quien sea elegido Fiscal General de la Nación, tenga las mayores competencias y cualidades necesarias para sobrellevar sus funciones constitucionales y legales, pues su selección no estaría sometida solamente a un examen que mide su conocimiento técnico y experiencia profesional, sino también a una evaluación que la misma sociedad pueda desarrollar sobre los candidatos, en virtud de la publicidad del proceso de selección así como del principio de participación ciudadana y transparencia, y del respeto del orden normativo durante la selección.


Aquí pueden descargar el texto del proyecto.

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