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Derecho fundamental al agua

El Estado está en la obligación de velar por su conservación y desarrollo sostenible y garantizar a la población el acceso al agua para atender sus necesidades básicas.

Nombre del Proyecto: Derecho fundamental al agua


Generalidades


Número del Proyecto: 11/19 Senado


Nombre técnico: Por el cual se incluye el artículo 11-A dentro del Capítulo I del Título II de la Constitución Política de Colombia.


Los autores: Angélica Lozano Correa, Inti Raúl Asprilla Reyes, Juan Luis Castro Córdoba, Juanita María Goebertus Estrada, Jorge Eduardo Londoño Ulloa, Iván Marulanda Gómez, Luvi Katherine Miranda Peña, Iván Leonidas Name Vásquez, Catalina Ortiz Lalinde, Sandra Liliana Ortiz Nova, César Augusto Ortiz Zorro, José Aulo Polo Narváez, Antonio Sanguino Páez, Mauricio Andrés Toro Orjuela, de la Alianza Verde; Wilson Arias Castillo, Jesús Alberto Castilla Salazar, Iván Cepeda Castro, Alexánder López Maya y Jorge Enrique Robledo Castillo del Polo Democrático Alternativo; Aída Yolanda Avella Esquivel, Gustavo Bolívar Moreno, María José Pizarro Rodríguez y David Ricardo Racero Mayorca de Coalición Lista de la Decencia; Fabián Díaz Plata, de Coalición Alternativa Santandereana; Julián Gallo Cubillos y Pablo Catatumbo Torres Victoria, de FARC - Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común; Feliciano Valencia Medina y Abel David Jaramillo Largo, de MAIS - Movimiento Alternativo Indígena y Social; Carlos Eduardo Guevara Villabón, de MIRA; Paloma Susana Valencia Laserna. de Centro Democrático; Harry Giovanny González García y Luciano Grisales Londoño. del Partido Liberal Colombiano; y Jorge Enrique Benedetti Martelo, de Cambio Radical.


Fecha de radicación: 24 de julio de 2019


De qué se trata el proyecto de ley?


Con el objeto de fortalecer la protección del derecho al acceso al agua como recurso natural, esta iniciativa legislativa pretende establecer “el agua como derecho fundamental, dentro del Capítulo I del Título II de la Constitución Política de Colombia” teniendo en cuenta que el agua es un elemento del que deben gozar todos los seres humanos de esta y las generaciones futuras. Como resultado de ello, el Estado está

en la obligación de velar por su conservación y desarrollo sostenible y garantizar a la población el acceso al agua para atender sus necesidades básicas.


Una manera efectiva para proteger y garantizar la sostenibilidad de su uso, es darle categoría de derecho fundamental, equiparándola a una norma no negociable y poniéndola por encima de los modelos económicos de mercado y los intereses particulares y haciendo énfasis en su carácter de recurso de carácter estratégico para el desarrollo económico, social, cultural y fundamental para la misma existencia del ser humano.


¿De qué manera afecta o beneficia al ciudadano de a pie?


Para el ser humano, el agua es uno de los componentes más importantes del ambiente, ya que la materia viva de su cuerpo está compuesta aproximadamente por un setenta por ciento de dicho líquido, de tal manera que la ausencia del mismo puede afectar seriamente la salud y la vida de las personas. Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que el agua es un bien escaso y finito7, ya que no existe proceso químico o físico alguno que permita crearlo, por lo cual, la disciplina jurídica ha venido diseñando especiales mecanismos para su protección, en particular para garantizar el abastecimiento por parte de la población, considerando el agua en algunos casos específicos como un derecho humano.



Aquí puedes ver en qué va el proyecto de ley

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