El objetivo de este proyecto es modificar y fortalecer la política criminal, para ofrecer acciones afirmativas a las mujeres cabezas de familia que se encuentran condenadas por algún delito menor.

Nombre del Proyecto: Penas sustitutivas a mujeres cabeza de hogar
Generalidades
Número del Proyecto: 93/19 Senado
Nombre técnico: Por medio del cual se adoptan acciones afirmativas para mujeres cabeza de familia en materias de política criminal y penitenciaria, se modifica y adiciona el Código Penal, la Ley 750 de 2002 y el Código de Procedimiento Penal y se dictan otras disposiciones.
Los autores: Rodrigo Lara Restrepo, Erwin Arias Betancur, Ana María Castañeda Gómez, José Daniel López Jiménez, Temístocles Ortega Narváez y Julio César Triana Quintero de Cambio Radical; Armando Alberto Benedetti Villaneda, José Ritter López Peña, Maritza Martínez Aristizábal, Roosvelt Rodríguez Rengifo del Partido de la U; Juanita María Goebertus Estrada, Jorge Eduardo Londoño Ulloa, Iván Marulanda Gómez y José Aulo Polo Narváez de la Alianza Verde; María Fernanda Cabal Molina, Santiago Valencia González y Paloma Susana Valencia Laserna del Centro Democrático; Fabio Raúl Amín Saleme, Juan Carlos Losada Vargas y Miguel Ángel Pinto Hernández, del Partido Liberal; Julián Gallo Cubillos y Criselda Lobo Silva, de FARC - Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común; Aída Yolanda Avella Esquivel y Gustavo Bolívar Moreno, de Coalición Lista de la Decencia; Gustavo Francisco Petro Urrego, de Colombia Humana; Esperanza Andrade de Osso y Juan Carlos García Gómez, del Partido Conservador Colombiano.
Fecha de radicación: 1 de agosto de 2019
De qué se trata el proyecto de ley?
Establece algunas medidas para favorecer a las mujeres cabeza de hogar, modificando y adicionando la ley 750 de 2002, la cual brinda un apoyo especial en materia de prisión domiciliaria y trabajo comunitario a estas mujeres.
Las mujeres beneficiadas deberán estar pagando penas igual o inferiores a 6 años, o no haber sido autoras o partícipes de los delitos de genocidio, homicidio, extorsión, secuestro o desaparición forzada. Además, el delito debe estar asociado con la marginalidad, o que la manutención de su hogar se esté viendo afectada.
Otras de las condiciones para que estas mujeres se vean favorecidas es que deben cumplir con un servicio social, así como, demostrar un buen comportamiento.
Tiene como objeto principal proponer un ajuste a la política criminal y penitenciaria con enfoque de género, ofreciendo otras opciones a las mujeres que son indispensables en su hogar.
¿A quién beneficia este proyecto?
Inicialmente al sistema carcelario porque se puede ir depurando un poco el hacinamiento que presenta en la mayoría de los centros de reclusión del país.
Luego, las mujeres y sus familias, pues el funcionamiento de su hogar no se verá tan afectado, teniendo en cuenta la importancia que tienen la mujer, no solo en el sostenimiento de su casa, sino también en la formación de sus hijos.
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